Hola Pecaleros.
Para que la empresa pueda cobrar es necesario SIEMPRE que la empresa rellene y presente el CdC al Órgano de Contratación del MINISDEF firmado por el RAC. De una forma muy resumida hay seguir estos pasos.
Si queréis ver lo que es un certificado de conformidad de una manera muy general, pinchad aquí.
En varias entradas de este Blog podéis ver como se rellena cada punto del CdC en su parte 1 y 2. Hoy veremos de la Parte 1 el punto 14.
En el punto 14 se incluirán aquellas observaciones o comentarios que el contratista o suministrador considere oportunas, normalmente suelen no suelen existir comentarios, y si existe alguno es para explicar algo relacionado con las Concesiones/Desviaciones/Cambios o Modificaciones al contrato.
Un saludo.
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